SANTO DOMINGO, ESTE.-. El abogado, periodista y exsecretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (SNTP), José Beato Guzmán, declaró recientemente que varios artículos de la nueva Ley 74-25, la cual instituye el Código Penal dominicano, presentan importantes fallas conceptuales.
Según el experto corporativo y gremial, estas inconsistencias regulatorias deben ser enmendadas a la brevedad posible, debido a que su actual redacción atenta contra las garantías fundamentales necesarias para el libre ejercicio de los periodistas en la República Dominicana.
Estas precisiones fueron emitidas en el marco de un taller sobre Derecho de Prensa impartido el pasado viernes en las instalaciones de la Escuela Vocacional de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, ubicada en el sector de San Luis, Santo Domingo Este.
Durante la jornada formativa orientada a agentes y comunicadores, Beato Guzmán desglosó el impacto técnico-jurídico que tendrá la normativa en el ecosistema de los medios de comunicación una vez concluya su periodo de transición legal.
El jurista y comunicador manifestó que, en términos generales y haciendo una comparación con la centenaria legislación derogada de 1884, el nuevo Código Penal no representa directamente una mordaza absoluta para la prensa.

En la República Dominicana no existe un Código Penal propio del año 2003. Durante ese año, el Congreso Nacional aprobó el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley Núm. 136-03), y comenzó a regir el Código Procesal Penal (Ley Núm. 76-02). Si busca la legislación penal general, se basaba principalmente en el Código de 1884.
Sin embargo, enfatizó que no se pueden ignorar ciertos aspectos ambiguos en la tipificación de conductas que requieren correcciones urgentes. El objetivo prioritario debe ser blindar constitucionalmente el acceso a la información y evitar interpretaciones arbitrarias por parte de las autoridades.
Uno de los principales focos de preocupación dentro del gremio periodístico radica en la severidad y desproporcionalidad de las sanciones económicas y privativas de libertad introducidas. En algunos artículos específicos de la Ley 74-25 vinculados a la difusión pública de datos e investigaciones, se contempla un incremento sustancial en el catálogo de penas, las cuales pasaron de rangos menores a condenas severas que oscilan entre los dos y los diez años de prisión mayor.
Frente a este escenario regulatorio, Beato Guzmán instó a los legisladores y sectores jurídicos a ponderar el estatus legal de los periodistas que realizan ejercicios periódicos de difusión informativa.
Argumentó que la labor de investigación no puede ser criminalizada mediante delitos comunes y que la normativa penal debe trazar una línea divisoria inequívoca entre la mala fe delictiva y el derecho legítimo a la libertad de expresión consagrado en los tratados internacionales.
Asimismo, se discutió cómo el tratamiento a delitos emergentes como los ciberdelitos, el ciberbullying y la publicación de audios o imágenes sin consentimiento previo dentro de la Ley 74-25 podría colisionar con el periodismo de denuncia.
De no aclararse la redacción de estas figuras penales, los informadores públicos quedarían expuestos a demandas y querellas por obstrucción de la justicia o invasión a la privacidad al destapar entramados de corrupción.
Finalmente, el taller concluyó con un llamado a la unidad gremial para propiciar espacios de diálogo institucional antes de que el código penal entre en plena ejecución.
Beato Guzmán reiteró la importancia de dotar al país de herramientas punitivas modernas contra la criminalidad organizada, pero recalcó que esto jamás debe lograrse a expensas de sacrificar la fiscalización periodística y el derecho constitucional que tiene la sociedad dominicana a mantenerse informada.