Piden sea suspendido en sus funciones hasta tanto concluya investigación.
SANTO DOMINGO.-. Una nueva querella disciplinaria fue presentada este lunes ante la Procuraduría General de la República, la Procuraduría General de la Corte de Apelación del Distrito Nacional y la Inspectoría del Ministerio Público contra el fiscal de Cristo Rey Gerinaldo Contreras.
En la querella presentada por la señora Lourdes Magdalena Gómez Ruiz, el fiscal está acusado de cometer faltas graves y muy graves, sancionadas por la Ley Orgánica del Ministerio Público, artículo 91 y 92 de la Ley 133-11.
Gómez Ruiz, quien es administradora judicial de la Junta de Vecinos de Isabel Villas, por disposición de un tribunal, sostiene que sea apoderado el Departamento de Inspectoría, que dirige el magistrado doctor Viterbo Cabral González, para que inicie la investigación y que como medida conservatoria el fiscal sea suspendido y separado de sus funciones.
La señora que depositó la querella a través de su abogado licenciado Giancarlos Sena, indica que el fiscal desacató un decisión judicial, emitida por la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial, actuando como juez de los referimientos, secuestró la seguridad del residencial Isabel Villas, detuvo la auditoría forense que realizaba una firma de auditores contratada y apresó a empleados del residencial.
Precisan en la querella que Contreras que en contubernio con ciertos funcionarios actuando en supuesto a nombre del Ayuntamiento del Distrito Nacional, protagonizó una reunión política el pasado miércoles 10 de agosto, en la que designó una comisión a los fines de dirigir paralelamente a la administradora judicial.
Sostiene la querellante que posterior a la celebración de la “reunión” Gómez, ni su personal tiene permitida la entrada a las oficinas de Isabel Villas, ya que el fiscal Contreras, tiene secuestrada la administración quien de manera forzosa tiene el control de la seguridad y amenazando a cualquier persona que sea enviada por la administradora judicial de ser arrestado y llevado a la Fiscalía de Cristo Rey.
Además de que tiene colocada a la administradora en un estado de imposibilidad de ejercer sus funciones, sin poder asistir a las oficinas, pagar nóminas, cobro de mantenimientos y todo lo concerniente al desenvolvimiento habitual de la Junta de Vecinos de Isabel Villas.
La Ley Orgánica del Ministerio Público establece en su artículo 91 que las faltas graves que dan lugar a suspensión desde treinta hasta noventa días, sin disfrute de sueldo. Tratar reiteradamente de forma irrespetuosa, agresiva, desconsiderada u ofensiva a los superiores jerárquicos, a los subalternos y al público.
Entre las faltas graves figuran incumplir reiteradamente los deberes; ejercer en forma indebida los derechos o no observar las prohibiciones o incompatibilidades constitucionales o legales cuando el hecho o la omisión tengan consecuencias de gravedad para los ciudadanos o el Estado; formular acusaciones o requerimientos conclusivos que tengan como base hechos notoriamente falsos o prueba notoriamente ilícita.
Tener participación, por sí o por interpuestas personas, en firmas o sociedades que tengan relaciones económicas, cuando estas relaciones estén vinculadas directamente con algún asunto cuyo conocimiento está a su cargo.