TEÓFILO BONILLA
SANTO DOMINGO.- El Senado aprobó este lunes y convirtió en Ley, a acoger en única lectura las modificaciones que se introdujo en la Cámara de Diputados al proyecto de Ley orgánica de Regiones Únicas de Planificación de la República Dominicana, por lo que pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación.
La iniciativa de la autoría de los senadores Félix Bautista por San Juan y Franklin Romero, de la provincia Duarte, fue aprobada a unanimidad por los 144 diputados presentes en el hemiciclo, y se modificó tras ser corregido un “error involuntario” de los senadores.
Los senadores aprobaron el proyecto con 26 votos positivos y uno en contra, tras acoger la modificación de los diputados, de que cambió la palabra “Municipio de Santiago” y colocara “Provincia de Santiago”, especificado en el artículo 7, numeral 1.
La ley norma la organización, composición y delimitación de las regiones únicas de planificación en el territorio nacional y tiene como objetivo propiciar un mejor desarrollo a escala nacional, regional y local, que incluye municipios y distritos municipales, en todas las acciones de los diferentes estamentos del Estado, orientando las políticas, planes, programas y proyectos de inversión pública para asegurar una mayor cohesión territorial.
El propósito y alcance de la regionalización para la planificación tiene como objetivo:
1) Fomentar el desarrollo regional endógeno, integral y sostenible propiciando la inversión pública y privada, acorde a la potencialidad del territorio y las prioridades de la población;
2) Promover, de forma obligatoria, la coordinación entre el gobierno nacional y los gobiernos locales para el logro de los objetivos y los resultados establecidos en la Estrategia Nacional de Desarrollo;
3) Propiciar la coordinación interadministrativa y las sinergias en la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos nacionales
4) Ordenar racionalmente el territorio para una utilización más apropiada de los recursos;
5) Potenciar un desarrollo más equilibrado y una mayor cohesión territorial, siendo este el fundamento y propósito de esta ley.
La regionalización del país para la planificación, articulación, operatividad y formulación de las políticas públicas se estructurará en diez regiones conformadas por sus respectivas provincias y municipios, de la siguiente manera.
1) Región Cibao Norte. Integrada por las provincias Santiago, Espaillat y Puerto Plata.
1.1) Santiago. Con sus municipios: a) Santiago; b) Bisonó; c) Jánico; d) Licey al Medio; e) San José de las Matas; f) Tamboril; g) Villa González; h) Puñal; i) Sabana Iglesia; j) Baitoa.
1.2) Espaillat. Con sus municipios: a) Moca; b) Cayetano Germosén; c) Gaspar Hernández; d) Jamao al Norte; e) San Víctor.
1.3) Puerto Plata. Con sus municipios: a) Puerto Plata; b) Altamira; c) Guananico; d) Imbert; e) Los Hidalgos; f) Luperón; g) Sosúa; h) Villa Isabela; i) Villa Montellano.
2) Región Cibao Sur. Integrada por las provincias La Vega, Sánchez Ramírez y Monseñor Nouel.
2.1) La Vega. Con sus municipios: a) La Vega; b) Constanza; c) Jarabacoa; d) Jima Abajo.
2.2) Sánchez Ramírez. Con sus municipios: a) Cotuí; b) Cevicos; c) Fantino; d) Villa La Mata.
2.3) Monseñor Nouel. Con sus municipios: a) Bonao; b) Maimón; c) Piedra Blanca.
3) Región Cibao Nordeste. Integrada por las provincias Duarte, Samaná, Hermanas Mirabal y Maria Trinidad Sánchez.
3.1) Duarte. Con sus municipios: a) San Francisco de Macorís; b) Arenoso; c) Castillo; d) Pimentel; e) Villa Riva; f) Las Guáranas; g) Eugenio María de Hostos.
3.2) Samaná. Con sus municipios: a) Samaná; b) Sánchez; c) Las Terrenas.
3.3) Hermanas Mirabal. Con sus municipios: a) Salcedo; b) Tenares; c) Villa Tapia.
3.4) María Trinidad Sánchez. Con sus municipios: a) Nagua; b) Cabrera; c) El Factor; d) Rio San Juan.
4) Región Cibao Noroeste. Integrada por las provincias Montecristi Dajabón, Santiago Rodríguez y Valverde.
4.1) Montecristi. Con sus municipios: a) Montecristi; b) Castañuelas; c) Guayubín; d) Las Matas de Santa Cruz; e) Pepillo Salcedo; f) Villa Vásquez.
4.2) Dajabón. Con sus municipios: a) Dajabón; b) Loma de Cabrera; c) Partido; d) Restauración; e) El Pino.
4.3) Santiago Rodríguez. Con sus municipios: a) San Ignacio de Sabaneta; b) Villa los Almácigos; c) Mondón.
4.4) Valverde. Con sus municipios: a) Mao; b) Esperanza; c) Laguna Salada.
5) Región Valdesia. Integrada por las provincias San Cristóbal, Peravia y San José de Ocoa.
5.1) San Cristóbal. Con sus municipios: a) San Cristóbal; b) Sabana Grande de Palenque; c) Bajos de Haina; d) Cambita Garabitos; e) Villa Altagracia f) Yaguate g) San Gregorio de Nigua; h) Los Cacaos.
5.2) Peravia. Con sus municipios: a) Bani; b) Nizao; c) Matanzas.
5.3) San José de Ocoa. Con sus municipios: a) San José de Ocoa; b) Sabana Larga; c) Rancho Arriba.
6) Región Enriquillo. Integrada por las provincias Barahona, Bahoruco, Independencia y Pedernales.
6.1) Barahona. Con sus municipios: a) Barahona; b) Cabral; c) Enriquillo; d) Paraíso; e) Vicente Noble; f) El Peñón; g) La Ciénaga; h) Fundación; i) Las Salinas; j) Polo; k) Jaquimeyes.
6.2) Bahoruco. Con sus municipios: a) Neiba; b) Galván; c) Tamayo; d) Villa Jaragua; e) Los Ríos.
6.3) Independencia. Con sus municipios: a) Jimaní; b) Duvergé; c) La Descubierta; d) Postrer Río; e) Cristóbal; f) Mella.
6.4) Pedernales. Con sus municipios: a) Pedernales; b) Oviedo.
7) Región El Valle. Integrada por las provincias San Juan, Azua y Elías Piña.
7.1) Azua. Con sus municipios: a) Azua; b) Las Charcas; c) Las Yayas de Viajama; d) Padre las Casas; e) Peralta; f) Sabana Yegua; g) Pueblo Viejo; h) Tábara Arriba; i) Guayabal; j) Estebania.
7.2) San Juan. Con sus municipios: a) San Juan; b) Bohechio; c) El Cercado; d) Juan de Herrera; e) Las Matas de Farfán; f) Vallejuelo.
7.3) Elías Piña. Con sus municipios: a) Comendador; b) Dánica; c) El Llano; d) Hondo Valle; e) Pedro Santana; y f) Juan Santiago.
8) Región Yuma. Integrada por las provincias El Seibo, La Romana y La Altagracia.
8.1) El Seibo. Con sus municipios: a) El Seibo; b) Miches.
8.2) La Romana. Con sus municipios: a) La Romana; b) Guaymate; c) Villa Hermosa.
8.3) La Altagracia. Con sus municipios: a) Higüey; b) San Rafael del Yuma.
9) Región Higuamo. Integrada por las provincias San Pedro de Macorís, Monte Plata y Hato Mayor.
9.1) San Pedro de Macorís con sus municipios: a) San Pedro de Macoris; b) Los Llanos; c) Ramón Santana; d) Consuelo; e) Quisqueya y f) Guayacanes.
9.2) Monte Plata. Con sus municipios: a) Monte Plata; b) Bayaguana; c) Sabana Grande de Boyé; d) Yamasá; e) Peralvillo.
9.3) Hato Mayor. Con sus municipios: a) Hato Mayor; b) Sabana de la Mar y c) El Valle.
10) Región Ozama. Integrado por la provincia Santo Domingo y el Distrito Nacional (Santo Domingo de Guzmán).
10.1) Santo Domingo. Con sus municipios: a) Santo Domingo Este; b) Santo Domingo Oeste; c) Santo Domingo Norte; d) Boca Chica; e) San Antonio de Guerra; f) Los Alcarrizos y g) Pedro Brand.
10.2) Distrito Nacional (Santo Domingo de Guzmán).
En cuanto al jefe de Estado, el concejal del PRM reiteró que «por el buen gobierno que viene realizando el presidente Abinader a favor de los sectores pobres es que se merece otra oportunidad de gobernar el país a partir del año 2024.
También, Leandro Gómez destacó los diferentes programas de ayudas sociales dispuestos por el presidente Luis Abinader a favor de las familias pobres del país.
Por eso y porque el actual jefe de Estado ha demostrado que es un gobernante serio y honesto, que no permite corrupción en su gobierno, es que Luis Abinader merece dirigir la nació a partir del 2024, expresó.