El director ejecutivo de la Mancomunidad de Ayuntamientos del Gran Santo Domingo, Waldys Taveras, enfatizó que el Ministerio de Vivienda y Edificaciones (MIVED) no tiene facultad legal para cerrar negocios establecimientos en operación.
Su argumento se apoya en el artículo 131 de la Constitución, que limita las funciones de los ministerios únicamente a lo que les otorga la ley orgánica que los crea.
Entrevistado en el programa Arquitectura Radial, Taveras añadió que, de acuerdo con la normativa vigente, ni el Ministerio de Construcción ni el de Normas (los cuales menciona en referencia a la legislación) ha emitido las regulaciones necesarias.
Actualmente, se estarían utilizando normas aprobadas anteriormente por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), pero sin la debida articulación con el Ministerio de Finanzas y Estructuras.
En resumen, lo que Taveras sostiene es que los funcionarios públicos no pueden extralimitarse de lo que expresamente la ley les faculta. Aunque reconozca una buena gestión en algunos aspectos por parte del ministro Carlos Bonilla, señala que el procedimiento no está acorde a la legalidad vigente.

Según las declaraciones de Waldys Taveras:
1. Artículo 131 de la Constitución Dominicana
• Establece que los ministerios y organismos del Estado solo pueden ejercer las funciones que la ley les otorga expresamente.
• En derecho administrativo, esto se conoce como el principio de legalidad: un funcionario público no puede inventar atribuciones ni actuar fuera de lo que la ley permite.
2. Leyes que crean ministerios (según lo citado por Taveras)
• Artículo 31 de la ley orgánica: crea el Ministerio de Construcción.
• Artículo 30 de la ley orgánica: crea el Ministerio de Normas.
• Según Taveras, ninguno de estos ministerios ha dictado las normas correspondientes.
3. Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC)
• Antes de que existiera el MIVED, era el MOPC el que regulaba la construcción, obras y edificaciones.
• Las normas en uso actualmente son las que dejó aprobadas ese ministerio.
4. El punto central de Taveras
• El MIVED no puede cerrar negocios ni suspender operaciones porque la ley que lo crea no le otorga esa facultad.
• Para que pudiera hacerlo, tendría que existir una normativa clara, aprobada por el Congreso o por un ministerio competente según la ley.
• En palabras simples: aunque tenga buenas intenciones o gestione bien, el ministro Carlos Bonilla no puede actuar fuera del marco legal.
👉 En conclusión, lo que Taveras subraya es que cualquier cierre de negocios o suspensión de actividades por parte del MIVED sería ilegal por falta de competencia.